1. Los convenios originales celebrados entre el acreditado y el otorgante del crédito en los que conste el acuerdo de quita o condonación total o parcial del principal o de los intereses.
2. Cartas de no adeudo o finiquito y comprobantes de pago relacionados con los números de cuenta del reporte que acrediten el entero de los montos adeudados.
3. Formato de reconocimiento de adeudo suscrito por el representante de la institución en la que labora o pretenda contratar sus servicios.
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