El personal certificado deberá revalidar la certificación otorgada por la AMIB con dos meses de anticipación a la fecha de término de su vigencia, es decir tres años contados a partir de la fecha de aprobación del examen, o bien una vez obtenida la autorización otorgada por CNBV, la vigencia será de un año y medio a partir de la fecha en que la CNBV la otorgue.
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